B. es una mujer cubana que reside desde hace tiempo en uno de los municipios afectados por la DANA. Está empadronada y cumple con los requisitos formales para la regularización, pero no puede obtener los antecedentes penales exigidos. Su consulado no colabora, no tiene trabajo desde la DANA, y su salud emocional se deteriora día a día debido a su situación migratoria. Aunque no fue arrastrada por la riada que devastó la provincia de València el 29 de octubre de 2024, se siente igualmente sumergida como si la riada se la hubiese llevado. El 12 de febrero de 2025, el Ministerio de Inclusión anunció la posibilidad de acceder a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales para personas damnificadas por la DANA. El plazo para presentar la solicitud finaliza el 14 de mayo. Para muchas mujeres inmigrantes residentes de los municipios afectados por la DANA, esta medida representó una luz al final en su camino. Sin embargo, lo que parecía una vía de reparación se ha convertido en una fuente de tensión, desigualdad y barreras estructurales. Sobre papel, el procedimiento parece accesible: demostrar residencia (empadronamiento), presentar pasaporte vigente, antecedentes penales y, si corresponde, certificados de nacimiento o matrimonio apostillados. Pero la realidad es distinta. Las mujeres inmigrantes, especialmente aquellas en situación administrativa irregular, se han encontrado con una maraña de obstáculos para acceder al trámite: falta de padrón, documentos inalcanzables a la distancia, plazos reducidos e imposibles. Obstáculos que reproducen la violencia institucional, que llevamos años denunciando e informando, como se expone en el Informe sobre violencia institucional hacia las mujeres inmigrantes (Asociación Por Ti Mujer, 2023). El empadronamiento ha sido la primera gran barrera: sin él no hay expediente de arraigo, tarjeta sanitaria ni acceso a ayudas.